¿Sabías que los planes de igualdad son (y serán) obligatorios?

Consulta si tu empresa debe aplicar su propia hoja de ruta en igualdad por normativa. ¡La cuenta atrás está en marcha!

IGUALDAD

1/26/20211 min read

La pregunta puede resultar extraña en una primera leída. Pero, hasta el momento, todavía no podemos conjugar en presente simple la obligatoriedad de que tu empresa disponga de un plan de igualdad. 

¿En qué casos son?

Ahora mismo, si tu empresa cuenta con más de 150 trabajadoras y trabajadores, ya es obligatorio que tengáis aprobada y pongáis en marcha una hoja de ruta que permita implementar políticas de igualdad en vuestro funcionamiento. Sin embargo, no seréis las únicas; muy pronto, el espectro de empresas sujetas a elaborar y aplicar un plan de igualdad se ampliará.

¿En qué casos serán?

Con la entrada en vigor del Real Decreto 6/2019, esta obligatoriedad se extenderá de manera paulatina a los siguientes niveles de empresas, de manera que: 

· Las empresas de 100 a 150 trabajadoras y trabajadores tendrán que tener aprobado su plan de igualdad en marzo de 2021 (¡solo quedan dos meses!).

· Las empresas de 50 a 100 trabajadoras y trabajadores lo deberán tener aprobado en marzo de 2022. 

Tic, tac…¡la cuenta atrás está en marcha!

Queda poco tiempo para que actives tus políticas de igualdad. En NIMIA nos gustaría ayudarte en el proceso y, por ello, te ofrecemos el diseño integral de tu plan de igualdad. En nuestra consultoría consideramos necesario que la estrategia de igualdad sea resultado de un trabajo conjunto, diseñado por y para tu empresa, garantizando así el éxito en su implementación. Contacta con nosotras y convierte tu empresa en igualitaria.